Una Sociedad Profesional es aquella sociedad que se constituye para el ejercicio en común de la actividad profesional, siendo por tanto obligatoria su constitución si tal circunstancia se produce, o su adaptación a la citada Ley, si ya contamos con una sociedad constituida. Definimos una actividad como profesional como aquélla para la que se requiere:
- Titulación universitaria oficial o,
- Titulación profesional para cuyo ejercicio sea necesario acreditar una titulación universitaria oficial
- E inscripción en el correspondiente Colegio profesional.
En el caso de los dietistas-nutricionistas, es obligatoria la inscripción de la Sociedad Profesional en el Registro Mercantil y, voluntariamente y a efectos informativos, en el registro profesional de CODINMA, en tanto que aunque la Ley de Colegios Profesionales contemple entre las funciones de los Colegios la de crear y gestionar un Registro de Sociedades Profesionales, esta facultad no puede conllevar sobrepasar el propio carácter voluntario de la colegiación de los dietistas-nutricionistas, ni tampoco los límites establecidos por la propia normativa.
El registro de Sociedades Profesionales en CODINMA es gratuito, y es necesario que al menos uno de los socios de la Sociedad esté colegiado en CODINMA.
Si queréis tener más información sobre lo que es una Sociedad Profesional y las ventajas de formarla, podéis descargar el documento elaborado por nuestro abogado. En cualquier caso, no dudéis en contactarnos.
